La situación de alarma por la pandemia de Coronavirus, con las medidas de aislamiento y restricciones de movimiento en la población, ha provocado que las mujeres mexicanas vean limitado, aún más, su derecho al acceso a servicios de salud sexual y reproductiva no aplazables.
Esta situación, según denuncian organizaciones de derechos humanos, suponen nuevas barreras a las que ya se enfrentaban las mujeres mexicanas. Por los que desde los gobiernos deben tenerse en cuenta esta realidad y garantizar, en la situación actual de excepcionalidad y emergencia, los servicios no aplazables relacionados con la salud sexual y reproductiva a de las mujeres. Estos servicios deben ser:
1.- Acceso garantizado a métodos anticonceptivos modernos. Debido a las medidas de protección y para disminuir los desplazamientos, seria necesario facilitar el uso de anticoncepción de larga duración o proveer de varias dosis de anticonceptivos (para tres o más meses) a las mujeres que así lo soliciten.
2.- Acceso al aborto seguro. Garantizar el cumplimiento de la Norma-046 en todo el país, de forma que toda mujer o niña que haya sufrido una violación tenga facilitado de manera urgente el acceso al aborto legal y seguro, según marca la ley.
Por otro lado, el aborto seguro es una prestación no aplazable y un servicio urgente que las administraciones públicas deben garantizar en los supuestos legales. En el caso de las entidades donde está despenalizado, como Ciudad de México y Oaxaca, se debería promover el aborto de forma ambulatoria, favoreciendo el aborto con medicamento.
Respecto al tema del aborto es importante denunciar como grupos conservadores y ultracatólicos de México, están aprovechando la pandemia por Covid-19, para limitar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, sobre todo respecto al aborto. Afirmando que no es un servicio necesario, sino un lujo en esta situación.
La pandemia no puede ser la excusa para limitar el acceso a estos servicios esenciales y urgente para las mujeres en México. Los servicios de aborto seguro deben ser garantizados, tanto el acceso por violación, con el cumplimiento de la NOM-046 en todo el país, como el acceso al aborto a los estado donde esta despenalizado cómo son Ciudad de México y Oaxaca.
También ve con preocupación como movimientos antiaborto han encontrado una oportunidad para negar este derecho, mientras los Estados concentran sus esfuerzos en el Covid-19. “Los sectores más conservadores ven la interrupción del embarazo como un lujo y no como una necesidad. La pandemia no puede ser una excusa para limitar su acceso 2. El acceso a la atención integral del aborto seguro en los casos previstos por la ley: además de las entidades en que la interrupción del embarazo se ha despenalizado hasta las 12 semanas de gestación, se debe garantizar el cumplimiento de la NOM-046-SSA2-2005, entendiendo la interrupción del embarazo producto de una violación sexual como una urgencia médica.
María Antonieta Alcalde, directora de Ipas para Centroamérica y México, destaca el factor tiempo como clave cuando se quiere acceder a un proceso seguro. La atención a mujeres no puede aplazarse significativamente sin consecuencias profundas para su bienestar. “Las medidas deben ser inmediatas y los ministerios de salud deben señalar explícitamente el aborto como un servicio esencial, que se pueda ofrecer de manera ambulatoria, con medicamento”. También ve con preocupación como movimientos antiaborto han encontrado una oportunidad para negar este derecho, mientras los Estados concentran sus esfuerzos en el Covid-19. “Los sectores más conservadores ven la interrupción del embarazo como un lujo y no como una necesidad. La pandemia no puede ser una excusa para limitar su acceso